Pese a su defensa, el funcionario judicial tampoco habría investigado a Lázaro Báez por presunto lavado de dinero. Ni siquiera siguió el camino del dinero de supuesto origen ilícito.

El Tribunal de Enjuiciamiento que definirá el futuro del fiscal José María Campagnoli deberá analizar una serie de evidencias surgidas del propio expediente que contradicen la supuesta contundencia de las pruebas recopiladas en la causa contra Lázaro Báez por lavado de dinero. Además de la cantidad de irregularidades denunciadas en el trámite del caso, tendrá que evaluar también el hecho de que el fiscal ordenó un entrecruzamiento de llamados en torno al abogado de una de las partes, y utilizó esa información para desvincularse de la acusación por la manipulación de su dictamen por parte de abogados del Grupo Clarín. En su contra, podría incorporarse un expediente de mayor gravedad aun: reiterados casos de violencia institucional contra vecinos del Barrio Mitre, a quienes se los intentó responsabilizar sin motivo por delitos cometidos en su jurisdicción.

Pese a que Campagnoli argumentó en su descargo –jurídico y mediático– que era sancionado por haber investigado a Báez y sus lazos con el gobierno, la hipótesis que construyó, según los cinco fiscales generales que analizaron su trabajo, no tiene un correlato con las pruebas incorporadas al expediente.

Más allá de que según el Consejo Evaluador, Campagnoli “habría intentado incidir en el objeto de la investigación radicada ante el fuero federal mediante la adulteración del objeto procesal de la causa” al transformar de imputado a víctima al financista Federico Elaskar, el dictamen afirma que el funcionario desatendió “totalmente la investigación de la supuesta maniobra de defraudación cometida por Elaskar respecto de la firma SGI”.

Por el contrario, “habría concentrado sus esfuerzos en una cuestionable investigación respecto de un entramado de empresas que, en un examen a priori, parecería ser innecesaria e incluso impertinente”.

En el material que ahora analiza el Tribunal, la investigación llevada a cabo por el Campagnoli fue “cuanto menos cuestionable”. Su dictamen presentado el 23 de mayo de 2013 se encontraba “cargado de calificativos y apreciaciones personales”. Además resaltaron que Elaskar nunca declaró en su fiscalía a pesar de ser la supuesta víctima.

Tampoco se intentó nunca determinar si Elaskar había recibido algún dinero por la venta de las acciones de la firma SGI; nunca se averiguó en qué habría consistido la “auditoría” que había sido realizada en la empresa; no se estableció si había ingresado con dinero al capital social, ni si se había registrado la operación en los libros societarios, o si se había efectuado una declaración ante la AFIP. El Consejo descubrió que “tampoco se desprendía del dictamen del fiscal la existencia de montos dinerarios que hubiesen circulado por la empresa, ni mucho menos su origen o destino final”. Es decir que nunca se siguió la ruta del dinero. El principal punto en cuestión fue que si su hipótesis era que la empresa Helvetic Services Group habría absorbido a SGI, no resultaba comprensible por qué razón se habría llevado a cabo “semejante maniobra para quedarse con una empresa, si los negocios en cuestión se podrían haber ejecutado a través de otra”. Campagnoli siguió el hilo conductor de accionistas y controlantes, pero según sus pares, no siguió el camino del dinero sospechado. El Consejo Evaluador cuestionó la razón por la cual el fiscal se abocó a la investigación del entramado de conformación de diversas sociedades vinculadas, mientras que no se realizaron medidas tendientes a develar cuáles habían sido los fondos de origen ilícito (“aunque sea una mera sospecha”, afirman) que habrían sido “blanqueados” y el camino que habrían seguido.

La evaluación de su investigación por parte de otros fiscales fue lapidaria: “A pesar de enfrentarse a un cuadro probatorio que podría ser calificado como magro”, el fiscal solicitó una serie de medidas que no cumplieron con los “estándares constitucionales y legales impuestos en resguardo de los derechos fundamentales de las personas sometidas a proceso al convocar a indagatoria a una persona, ordenar el registro de domicilios, secuestrar documentación que hace al giro de dinero de una persona jurídica, ordenar el embargo de bienes, la inhibición general de bienes de más de un centenar de empresas, por los simples dichos de una persona ante un medio periodístico”. Nada que pudiera apuntalar tampoco una investigación consistente con el lavado de activos.

A esto se suma la alerta que despertó el hecho de que no se brindara información de la causa a los imputados, lo que viola las reglas del debido proceso cuando no está vigente el secreto de sumario, mientras que esos detalles aparecían descriptos pormenorizadamente en algunos medios de comunicación, en especial los pertenecientes al Grupo Clarín.

La sospecha sobre sus motivaciones políticas a partir de la relación que lo une con Elisa Carrió a través de su hermana, Marcela, una de las dirigentes de la Coalición Cívica, podría abrir otra puerta hasta ahora no explorada.

Lo mismo la difusión del borrador de su dictamen por parte de abogados del Estudio Sáenz Valiente, hecho del que Campagnoli intentó desligarse en el descargo que presentó en el expe diente disciplinario, donde presentó un listado de llamados encargado a la Secretaría de Investigaciones Penales (SIPE), una suerte de mini SIDE con amplias facultades investigativas porque depende de la Unidad de Delitos de Autor Desconocido, que hasta el jueves era comandada por el propio Campagnoli. La Procuradora General consideró esta maniobra como otra “muestra de abuso de poder” ya que utilizó recursos de esa dependencia en su propia estrategia defensiva. Allí el fiscal presentó como un hallazgo las comunicaciones entre el abogado del imputado Jorge Chueco, Juan Martín Cagni Fazzio y un letrado que representó a Elaskar, Alfredo Húber. Las entrecruzó con un número perteneciente al Estudio Sáenz Valiente como prueba de que pudieron haber intercambiado su dictamen los propios involucrados.

El detalle es que la fecha de ese cruce coincide con el cumpleaños de uno de los abogados que Campagnoli mandó a investigar.

 

EL PRO DENUNCIÓ AL TRIBUNAL

 

Finalmente, y como habían anticipado una vez conocida la noticia de la suspensión, los diputados del bloque Unión-PRO Patricia Bullrich, Pablo Tonelli, y Cornelia Schmidt-Liermann, presentaron ayer una denuncia penal contra los integrantes del Tribunal de Enjuiciamiento que votaron a favor de la sanción al fiscal José María Campagnoli, por las irregularidades cometidas en una investigación contra Lázaro Báez.

La denuncia fue dirigida contra el presidente del órgano y representante del Poder Ejecutivo, Ernesto Kreplak; el fiscal Daniel Adler; Rodolfo María Ojea Quintana, designado por el Senado de la Nación; y contra María Cristina Martínez Córdoba, defensora pública de Menores. y recayó en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 9, a cargo del juez Luis Osvaldo Rodríguez, bajo el cargo de abuso de autoridad, prevaricato y cohecho.